- Agentes de Seguros
- Persona física o moral independiente que desempeña una labor de intermediación entre las compañías aseguradoras y los consumidores.
- Amparo
- Cobertura, eventos por los cuales la aseguradora será responsable en caso de realizarse.
- Anexos de la Póliza Básica
- En dos palabras, es una enmienda a una póliza que aumenta o disminuye la cobertura de seguro. (Por ejemplo: una solicitud que usted haga a su agente o corredor de seguros para agregar conductores o eliminar cobertura ocasiona un anexo a su póliza básica).
- Asegurado
- Persona natural o jurídica que puede resultar afectada por cualquiera de los eventos amparados por una póliza de seguros.
- Asegurador
- Es la compañía aseguradora que cubre los riesgos trasladados por el tomador. En Colombia solamente podrán ser compañías vigiladas por la Superintendencia Financiera.
- Beneficiario
- Es la persona natural o jurídica, que a pesar de no haber adquirido de manera directa el seguro o incluso no teniendo la voluntad de hacerlo, es quien puede recibir o beneficiarse del pago de la indemnización. Puede ser a título gratuito u oneroso.
- Capacidad del Contrato
- Este término es muy común en el negocio de reaseguro y significa la cantidad máxima de responsabilidad que tiene una aseguradora o reaseguradora con respecto a las indemnizaciones que deben cubrir y que a partir de dicha cantidad empieza a operar un contrato de reaseguro.
- Capital
- Se refiere a la fortaleza financiera del contratista o afianzado.
- Capacidad
- Es la habilidad con que cuenta contratista para ejecutar el contrato.
- Carácter
- Tiene que ver con el buen nombre del contratista, en relación con las buenas prácticas de negocios. Este "Carácter" se avalúa mediante su experiencia, referencia con sus proveedores, subcontratistas, centrales de riesgo, bancos o terceros que han tenido experiencia de negocios de potencial afianzado.
- Coaseguro
- Cuando un negocio requiere una suma asegurada muy alta que rebasa los límites de retención de una aseguradora, surge la figura legal del Coaseguro, en donde otra aseguradora participa conjuntamente con la compañía líder en la aceptación del riesgo en un porcentaje determinado. En seguros de gastos médicos se conoce también como la participación del asegurado en el monto de los gastos (copago).
- Contrato de Reaseguro
- Es el acuerdo entre el Asegurador y el Reasegurador en donde se estipulan los términos y condiciones en virtud de los cuales una de las partes acepta en reaseguro las cantidades cedidas por la aseguradora para que en caso de siniestro se paguen los beneficios.
- Cesión de Pólizas
- La cesión de la póliza nominativa en ningún caso produce efectos contra el asegurador sin su aquiescencia previa. La cesión de la póliza a la orden puede hacerse por simple endoso. El asegurador podrá oponer al cesionario o endosatario las excepciones que tenga contra el tomador, asegurado o beneficiario (Art. 1051 Código de Comercio).
- Clasificación de Riesgo
- Es un anexo de la póliza en el cual se indican las condiciones en que la entidad aseguradora asumirá el riesgo frente a cada cliente del tomador del seguro.
- Deducible
- Es parte de la pérdida presentada que es asumida por el tomador de la póliza. Su objetivo es desincentivar el uso indiscriminado de la cobertura. Es aplicable a seguros como el de Responsabilidad Civil y su monto varía dependiendo de la valoración del riesgo.
- Exclusiones Absolutas
- Son aquellas exclusiones de la cobertura que no son susceptibles de negociación con la Aseguradora.
- Exclusiones Relativas
- Son aquellas que por costumbre están excluidas en las pólizas pero que pueden ser negociadas mediante convenio expreso con la Aseguradora.
- Prima
- La prima es el costo del seguro que establece una compañía de seguros para el pago del asegurado.
- Póliza
- La póliza es el instrumento escrito en el cual constan las condiciones del contrato. Es el documento principal del contrato de seguro, en donde constan los derechos y obligaciones de las partes, redactado en varios folios.
- Reaseguro
- Es el método mediante el cual las compañías de seguros distribuyen sus riesgos entre otras compañías de seguros o de reaseguro para disminuir su responsabilidad frente a un asegurado y reducir al máximo su pérdida probable.
- Reclamación
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Demanda hecha por el asegurado al asegurador con motivo de la ocurrencia de un siniestro, a través de la cual se exige el pago de una indemnización de acuerdo con los Términos y Condiciones del contrato de seguro.
El asegurado deberá demostrar la ocurrencia del siniestro y la cuantía de la pérdida, entregando todos los documentos justificativos que la aseguradora esté en derecho de exigirle.
- Renovación
- Acto por el cual quien toma un seguro decide continuar con su seguro por un periodo más.
- Renovación Automática
- Acto por el cual quien toma un seguro autoriza a la entidad aseguradora para que, finalizada la vigencia de un seguro, éste se renueve inmediatamente por un periodo igual.
- Retención
- Es la parte del riesgo que no se transfiere a una reaseguradora y que asume la aseguradora dependiendo de sus capacidades de pago, sus reservas y su solvencia económica.
- Revocación Unilateral
- Figura contemplada en el artículo 1071 del Código de Comercio, en virtud de la cual el contrato de seguro puede ser revocado por cualquiera de las partes en cualquier momento. En los casos de seguro de cumplimiento no es aplicable dada la naturaleza especial de este tipo de seguro.
- Seguro
- Un seguro es un instrumento financiero que sirve para minimizar el impacto económico que puedan sufrir las personas como consecuencia de la ocurrencia de un suceso inesperado que pueda poner en peligro su vida o sus bienes.
- Siniestro
- Es la manifestación concreta o realización del riesgo asegurado, que produce unos daños amparados en la póliza hasta determinada cuantía.
- SPV – Special Purpose Vehicle
- Entidad o Vehículo de Propósito Especial constituida para construir, desarrollar, mantener y operar un proyecto durante el periodo que el contrato establece. Es la SPE (sociedad de propósito especial) la que firma el contrato tanto con la administración pública como con sus distintos proveedores, limitando el riesgo de los accionistas a la propia SPE.
- Subrogación
- Es la transferencia al asegurador de los derechos que correspondan al asegurado contra un tercero, en razón de un siniestro sufrido, hasta el monto de la indemnización abonada. El asegurado es responsable de todo acto que perjudique este derecho del asegurador.
- Supraseguro
- Es el aseguramiento de un bien por un valor superior al valor real del mismo. En caso de siniestro la aseguradora solo reconocerá el valor real del bien. Para los productos ofrecidos por Liberty Seguros Colombia este concepto no es aplicable.
- Tipos de Contrato
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- Licitaciones o contratos: Cualquier tipo de obligación contractual susceptible de ser asegurada mediante pólizas de cumplimiento.
- Contratos de obras: Construcción, mantenimiento, instalación y en general cualquier trabajo material sobre bienes inmuebles.
- Contratos de consultoría: Estudios, asesorías técnicas, interventorías, diseños, planos y proyectos.
- Contratos de suministros: Adquisición de bienes muebles en forma sucesiva y por precios unitarios.
- Compraventa y permuta: Adquisición o transferencia de bienes muebles e inmuebles a cargo de un precio.
- Contratos de arrendamiento: Una parte proporciona el uso y goce de un bien durante cierto tiempo a cambio de un precio determinado.
- Prestación de servicios: Asesorías, representación judicial, servicios de salud, publicidad, vigilancia, mantenimiento, entre otros.
- Donación: Una persona transfiere gratuita e irrevocablemente una parte de sus bienes a una entidad.
- Contratos de concesión: Otorgar a un concesionario la prestación, operación o gestión de una obra o servicio público a cambio de una remuneración.
- Contratos de empréstito: Contratación de deuda con banca privada u oficial. NO AFIANZABLES.
- Valor Asegurado
- Se llama así al valor máximo pagadero en caso de siniestro, previamente estipulado en las condiciones de póliza.